FUTURA

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Bases y condiciones

CONTRATO DE LOCACION DE VEHICULOS

la Locadora es la firma FUTURA SRL, CUIT 30672217101 , con domicilio en  Olascoaga 127 de la Ciudad de San Rafael, Mendoza, persona jurídica de derecho privado, en adelante denominada Locataria y única responsable por la operación del presente negocio contratado. El Locatario es la persona física o jurídica, debidamente identificada en el anverso del presente Contrato de Locación de Vehículos, en adelante denominada Cliente, quien responderá por el integral cumplimiento y observación de este contrato.

OBJETO:

El contrato tiene por objeto el alquiler de vehículos de propiedad, posesión, uso o goce de la Locadora, por el Cliente, por plazo determinado, para la utilización exclusivamente en territorio nacional (salvo autorización previa y por escrito de la locadora), observados en los términos y límites de su utilización previstos en el presente contrato. Es requisito necesario para la celebración del presente contrato la tenencia por parte del Cliente de la licencia de conducir (carnet habilitante) en vigencia, encontrándose autorizados a conducir el vehículo alquilado el Cliente y/o la persona que se encuentre debidamente individualizada en el anverso del contrato (debiendo esta última también contar con licencia de conducir – carnet habilitante – en vigencia); el incumplimiento de esta obligación haría responsable al Cliente de cualquier tipo de daño que se ocasionare como consecuencia de ello a FUTURA SRL. El Cliente expresamente se compromete a no permitir la utilización del vehículo a otro conductor que no esté debidamente individualizado como autorizado en el anverso del contrato. El presente contrato no incluye chofer para el vehículo alquilado ni autorización para el Cliente para contratar personal de ninguna naturaleza que cumpla funciones en o con la unidad alquilada, respondiendo el Cliente de manera exclusiva y excluyente de cualquier tipo de reclamo que pudiera derivarse de este incumplimiento, obligándose a mantener indemne a FUTURA SRL, de cualquier reclamo por pago de salario, indemnización, carga social, accidente de trabajo y/o de cualquier otra naturaleza.

PLAZO:

El plazo de locación y lugar de devolución del vehículo están indicados en la parte correspondiente del anverso del contrato. En la hipótesis de prórroga del plazo de locación, permanecerán en vigor las clausulas y condiciones de este contrato. El Cliente deberá devolver el vehículo alquilado en la fecha, hora y lugar, previamente ajustadas y consignadas en el anverso. En la hipótesis en que por cualquier causa el vehículo alquilado no fuera devuelto, la locadora solamente reconocerá la devolución del vehículo y cierre de la locación cuando estuviese con la posesión física del bien.

PRECIO:

El valor total del alquiler deberá ser abonado por adelantado. En caso de cualquier hipótesis de rescisión de este contrato, no existirá obligación de restitución del precio abonado. El precio de la locación se pacta de común acuerdo entre las partes por cada día de locación o por cada kilómetro recorrido de acuerdo a las bases y tarifas consignadas en el adverso del presente. El Cliente abonara el alquiler y los demás cargos correspondientes al contado y en el domicilio de la locadora, así como cualquier plazo en exceso que transcurriere hasta el momento de la recepción de la unidad alquilada por parte de la Locadora a entera satisfacción de este. El cliente acepta y autoriza a la locadora, como condición para la celebración de la locación, reservar una garantía en su tarjeta de crédito (pre-autorización), como mínimo igual a los gastos estimados previstos para la locación y/o la franquicia de la protección involucrada. La pre-autorización será hecha al inicio de la locación y cuando el Cliente solicitara su prorroga.

RESPONSABILIDADES DEL CLIENTE:

El Cliente se responsabiliza por la guarda y correcto uso del vehículo en el periodo de locación, en conformidad con las finalidades y limites definidos en este contrato. El Cliente reconoce haber recibido el automóvil objeto de la presente locación, en perfectas condiciones de uso, funcionamiento, chapería y pintura y se obliga a devolverlo al termino del presente, en idénticas condiciones a las que fue recibido. El Cliente se hará cargo de la provisión de combustible (debiendo cargar el combustible Premium o el que resulte ser de la mejor calidad) líquidos, lubricante, agua destilada, anticongelante y/o cualquier otro, que sea necesario en el transcurso de la locación. El Cliente declara recibir el vehículo alquilado con los depósitos de combustible, líquidos, lubricantes, agua destilada, anticongelante, al máximo de sus respectivas capacidades, obligándose a restituir el vehículo en el mismo estado de provisión en que se recibe. Asimismo reconoce y asume el Cliente-con la locación y la efectiva recepción del vehículo- la posesión legitima y autónoma del vehículo, para todos los fines de derecho, sin existir solidaridad legal o contractual con la locadora, liberándola de toda responsabilidad por el uso y/o circulación del vehículo, accidente y/o delitos de tránsito, en el periodo de locación, de acuerdo con las disposiciones de los Código Civil y Comercial de la Nación. El cliente se responsabiliza por los costos de todos los hechos que deriven por el préstamo o transferencia del vehículo alquilado a terceros aunque tenga la previa y formal autorización de la Locadora en el acto de la locación. El Cliente deberá resarcir a la Locadora por cualquier valor pagado en concepto de multas de tránsito y/o estacionamiento ocurridas durante el periodo en el cual el vehículo estuviese alquilado por el Cliente. Asimismo el Cliente reconoce y autoriza a efectuar el pago de los débitos derivados del alquiler (por cualquier concepto) quedando la Locadora autorizada a cobrar directamente, a través de bancos, o debitar automáticamente estos valores de su tarjeta de crédito, incluso cuando los gastos hubiesen sido generados después de la fecha del cierre del contrato de alquiler, en los supuestos de existir débitos y créditos a cargo del Cliente no reclamados por la Locadora de inmediato. El Cliente es responsable por el pago de los débitos derivados del alquiler hasta la efectiva devolución del vehículo. El Cliente es enteramente responsable mientras dure la tenencia del vehículo materia del presente, de su guarda material y jurídica, debiendo resarcir a la Locadora de cualquier daño ya sean estos producidos en forma intencional o involuntaria, por caso fortuito o fuerza mayor –y a modo ejemplificativo- de los siguientes perjuicios: a) reparación de cualquier naturaleza en: caja, motor, diferencial, tren delantero y/o trasero, frenos, dirección, refacciones de chapería y/o pintura. B) daños ocasionados a terceras personas (emergentes, moral estético y todo otro daño indemnizable), se trate de personas transportadas en el vehículo arrendado o no, asi como los bienes de tales terceros. C) Por el lucro cesante de la Locadora, por imposibilidad del rodado alquilado. D) Sanciones que cometa o le imputen haber cometido, por violación de las ordenanzas y/o reglamentaciones de transito ya sean municipales, provinciales o nacionales. La anterior enumeración es solo ejemplificativa, debiendo el Cliente responder por todo percance que le ocurriere al vehículo por uso distinto al que por su naturaleza está destinado a prestar, goce abusivo en perjuicio de la Locadora, uso irracional o en condiciones no aconsejables, siendo la enumeración indicada en los puntos anteriores meramente ejemplificativa y no limitativa. El Cliente es exclusivo responsable de los objetos dejados en el vehículo, no respondiendo la Locadora por la perdida y/o extravió de los mismos.

COBERTURA - SINIESTRO

El Cliente declara bajo fe de juramento conocer los términos, condiciones y alcances del contrato de seguro, franquicia y cobertura del vehículo alquilado, estando plenamente de acuerdo con los mismos. En caso de siniestro y/o accidente con el vehículo alquilado, el Cliente deberá comunicar el hecho inmediatamente –y nunca en un plazo superior a dos horas- a la Locadora. Asimismo deberá gestionar la denuncia policial (este en caso de haber victimas), teniendo un plazo de hasta 24 (veinticuatro) horas para ello, bajo apercibimiento responder por los daños y perjuicios que su omisión pueda ocasionar. En caso de vuelco, colisión, incendio, accidente en general la Locadora no será responsable ante el Cliente y/o terceros por tales infortunios, obligándose el Cliente a mantener a la Locadora indemne ante cualquier reclamo derivado de tales hechos. Asimismo el Cliente se obliga expresamente a asumir a su exclusivo costo y cuenta, la reparación integra del vehículo alquilado, corriendo el precio del alquiler por todo el periodo que dure la reparación, la que deberá realizarse dentro de las 48 hs. De ocurrido el siniestro. Queda expresamente aclarado que el Cliente deberá el precio total de la reparación sin necesidad de esperar fallo policial o judicial alguno. En caso de que el siniestro no se haya ocasionado por responsabilidad atribuible al Cliente este igualmente deberá asumir el costo de la reparación y tendrá el derecho de repetir lo pagado a quien haya sido el responsable del siniestro.

RESCISIÓN

El contrato será considerado automáticamente rescindido por la Locadora, independientemente de cualquier notificación judicial o extrajudicial y sin que esto otorgue al Cliente cualquier derecho de retención o acción de naturaleza indemnizatoria, reparatoria, compensatoria, en los siguientes supuestos: cuando el vehículo no fuera devuelto en la fecha, hora y lugar indicados en el anverso del presente; ocurriera cualquier siniestro con el vehículo alquilado; ocurriera uso inadecuado del vehículo alquilado; el Cliente no cancele sus deudas en los respectivos vencimientos; o en cualquier otro supuesto de incumplimiento, por parte de el Cliente, de las obligaciones contractuales establecidas en este instrumento. Asimismo podrá ser rescindido por justa causa por parte de la Locadora y mediante notificación fehaciente, debiendo restituir el precio abonado por el Cliente.

JURISDICCIÓN Y DOMICILIOS

Las partes constituyen sus domicilios en los indicados en el anverso del presente contrato, y se someterán a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Segunda Circunscripcion Judicial, de la Provincia de Mendoza, con asiento en la ciudad de San Rafael, con renuncia expresa de cualquier otro que pudiere corresponderle en razón de su domicilio.